El plazo de solicitud para este programa cerró el 17 de enero de 2024; ya no se aceptan solicitudes y las que ya se han presentado están bajo revisión. Haga clic aquí para ver información archivada del sitio web que se compartió para ayudar con las solicitudes.
Recursos y Documentos
Recursos para ayudarlo con el programa y la solicitud.
Aplicación Descargable, Hoja Informativa, Solicitud instrucciones y preguntas más frecuentes
- Solicitud instrucciones y preguntas más frecuentes (PDF) (inglés) (español)
- Aplicación Descargable (PDF) (inglés) (español)
Tenga en cuenta: Ya no se aceptan más solicitudes. Las solicitudes ya presentadas están en proceso de examen.
Solicitud preguntas más frecuentes
Esta solicitud es para personas que:
- Sufrieron discriminación antes del 1 de enero de 2021 de parte del Departamento de Agricultura (USDA) en sus programas de préstamos agrícolas, que son administrados en la actualidad por la Agencia de Servicios Agrícolas (FSA en inglés)
- Son actualmente titulares de deuda cedida o asumida en relación con un préstamo agrícola del USDA que fue objeto de discriminación del USDA con anterioridad al 1 de enero de 2021. (Esto se aplica, por ejemplo, si usted heredó la deuda que fue objeto de discriminación en el programa de préstamos agrícolas del USDA)
y/o
SI NO CUMPLE AL MENOS CON UNO DE ESTOS REQUISITOS, NO ES ELEGIBLE PARA SOLICITAR ESTA ASISTENCIA FINANCIERA.
Sí. Ha habido varios casos y causas anteriores que abordaron la discriminación en los programas de préstamos agrícolas del USDA. Estos incluyen los casos conocidos habitualmente como Pigford 1en la causa Black Farmers Discrimination Litigation (BFDL or Pigford 2), Keepseagle e Hispanic and Women Farmers and Ranchers Claims Resolution Process (HWFRCP) or Love o Garcia. Las personas que ganaron y obtuvieron dinero o una eximición de préstamo en estos casos o procesos de reclamaciones también son elegibles para este programa. La información sobre estos casos o procesos de reclamaciones serán útiles para los solicitantes cuando los administradores del programa determinen si usted sufrió discriminación. Todos los pagos anteriores recibidos se tomarán en cuenta cuando se evalúe su reclamación para este programa con respecto a las consecuencias de la discriminación de la que fue objeto.
Sí. Si es elegible para ambos programas, puede participar tanto en este programa en virtud de la Sección 22007 de la Ley de Reducción de la Inflación (IRA) y en el programa que brinda asistencia a prestatarios con problemas conforme a la Sección 22006 de la misma ley.
No. Este programa solo está disponible si la discriminación de la que fue objeto ocurrió antes del 1 de enero de 2021. Si presentó una demanda por discriminación ante la Oficina del Subsecretario para Derechos Civiles (OASCR) que refiere a una discriminación que tuvo lugar antes de 2021, no necesita cerrar o suspender esa demanda para ser elegible para este programa; la asistencia financiera que se otorga en este programa no invalida que la OASCR considere la demanda (aunque puede reducir los daños si se le resarcen dichos daños).
En el caso de una discriminación posterior al 1 de enero de 2021, puede ponerse en contacto con la Oficina del Subsecretario para Derechos Civiles (OASCR), Servicio de Investigación de Información, al (866) 632-9992 (sin cargo) o envíe un correo electrónico a [email protected]. Si prefiere que lo atiendan en español, puede llamar al (800) 845-6136. Las personas que utilizan lenguaje de señas para comunicarse pueden contactar a la OASCR a través Federal Relay Service (Servicio Federal de Transmisión) al 711. La demanda escrita debe presentarse dentro de un plazo de 180 días calendario a partir de la fecha en la que supo o razonablemente debería haber sabido acerca de la supuesta discriminación, a menos que el Subsecretario para Derechos Civiles o la persona que este designe prorrogue el plazo por una justa causa.
No. Si le adjudican una asistencia financiera, no tiene que renunciar a ningún otro derecho.
No. La elegibilidad para participar en los préstamos agrícolas de la Agencia de Servicios Agrícolas (FSA, por sus siglas en inglés) depende de sus circunstancias particulares; la participación en el DFAP, o la recepción de una adjudicación del DFAP, no lo convierte en no elegible. Para obtener más información sobre los préstamos que otorga la FSA, visite https://www.farmers.gov/loans.
El USD prohíbe terminantemente las venganzas o represalias contra solicitantes o participantes de este programa. Si considera que es víctima de una venganza o represalia, póngase en contacto con la Oficina del Subsecretario de Derechos Civiles (OASCR, por sus siglas en inglés) llamando al (866) 632-9992 (sin cargo) o envíe un correo electrónico a [email protected]. Si prefiere que lo atiendan en español, llame al (800) 845-6136. Las personas que utilizan lenguaje de señas para comunicarse pueden ponerse en contacto con la OASCR a través del Federal Relay Service (Servicio Federal de Transmisiones) al 711.
Usted puede participar únicamente si padeció una discriminación cubierta, o si actualmente es un deudor con una deuda de préstamo agrícola del USDA cedida o asumida que haya incurrido una persona que fue objeto de discriminación de parte del USDA. No puede participar como representante de la herencia de un prestatario que haya fallecido.
No. El solicitante debe haber estado vivo al enviar la solicitud. Si un solicitante fallece después de la presentación de la solicitud, su familia/patrimonio sucesorio deben contactar al Centro de Atención Telefónica del DFAP llamando al 1-800-721-0970 para recibir más instrucciones.
No. Los solicitantes que se consideran elegibles para una adjudicación la recibirán de todos modos aun cuando hayan sufrido una incapacidad después de enviar una solicitud. Si los familiares u otros cuidadores necesitan actuar en representación del solicitante (por ejemplo, para cambiar una dirección o firmar un documento), deberán usar un poder según corresponda para fines de autorización. Le pedimos se contacte con el Centro de Atención Telefónica del DFAP al 1-800-721-0970 si necesita más información.
El programa incluye los siguientes préstamos agrícolas: Préstamos para la compra de propiedad agrícola (FO), Préstamos para Operaciones Agrícolas (OL), Micropréstamos (ML), Préstamos para Jóvenes (YL), Préstamos para Instalaciones de Almacenamiento Agrícolas (FSFL), Préstamos para Emergencia Económica (EE), Préstamos de Emergencia para Ganado (EL), Préstamos para Conservación del Suelo y Recursos Hídricos (SW), Préstamos para Conservación (CL), Préstamos para Desarrollos de Maderas Blandas (ST) y Préstamos para Tierras de Pastoreo. El programa no incluye préstamos para desarrollo rural.
El programa incluye tanto préstamos directos del USDA como garantizados a través de la Agencia de Servicios Agrícolas (o su predecesora, la Administración de Viviendas Agrícolas) del USDA; sin embargo, para los solicitantes que participaron en programas de préstamos con garantía, la discriminación ejercida por prestamistas distintos del USDA no califica para este programa. Solo se cubre la discriminación ejercida por personal del USD.
Discriminación significa dar a algunas personas un tratamiento distinto del que se da a otras, por razones ilegítimas. En este programa, una denuncia por discriminación puede fundarse en un tratamiento diferente que usted recibió en razón de raza, color, nacionalidad o etnia, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión, edad, estado civil o discapacidad, o una venganza o represalia por haber participado anteriormente en iv una actividad de derechos civiles. Los casos de discriminación cubiertos podrían incluir, por ejemplo, no proporcionar asistencia adecuada, demora en el procesamiento de la solicitud de préstamo o de administración del préstamo, denegación de un préstamo o administración del préstamo, impedimento para solicitar un préstamo o la administración de un préstamo, términos desfavorables del préstamo, supervisión excesivamente onerosa de los requisitos del préstamo, cuando se haya debido a raza, color, nacionalidad o etnia, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión, edad, estado civil o discapacidad del cliente, o por venganzas o represalias a raíz de actividades de derechos civiles previas.
Sí, este programa cubre la discriminación por ser ciudadano de una tribu. Sabemos que los miembros de tribus pueden ser objeto de distintos tipos de discriminación, como, por ejemplo, debido a su condición de miembros de una tribu con reconocimiento del gobierno federal o del gobierno del estado, o porque operan en tierras ubicadas dentro de la jurisdicción de la tribu. A los fines de este programa, si usted considera que el USDA lo discriminó en uno de sus programas de préstamos por ser membro de una tribu nativa americana, puede proceder con su denuncia, para lo cual ha de elegir una, o ambas de las siguientes respuestas en el PASO 5 de la solicitud:
- Puede marcar “discriminación por raza” e incluir su raza como “indio americano o nativo de Alaska”
- Puede marcar “discriminación por nacionalidad” e indicar la membresía a su tribu.
y/o
No se verá perjudicado por elegir una o ambas opciones, pero se le pedirá que presente una prueba de la denuncia que formula. En ambos casos, proporcione documentación de la membresía a la tribu para acompañar la solicitud.
Importante: El período para presentar solicitudes ya finalizó. La información de esta sección de preguntas frecuentes ya no se aplica, pues no se aceptan más solicitudes.
Todo lo que necesita para que se lo considere para el programa es presentar su información a través de este formulario de solicitud. No habrá audiencias, apelaciones u otros procesos de solicitud. Solo necesita presentar la solicitud y cualquier documento de respaldo en forma de anexos. La solicitud para este programa es gratuita. El formulario de solicitud le pide que proporcione información como respuesta a preguntas minuciosas. Las respuestas son importantes para ayudar a los administradores del programa a evaluar su elegibilidad.
Además, para presentar la solicitud, debe permitirles a los administradores del programa que obtengan cualquier información en poder del USDA o de otras agencias federales con relación a la solicitud. Esto los ayudará a los administradores en el examen de la denuncia.
El USDA tiene el compromiso de garantizar la integridad de este programa y cada solicitante debe firmar la solicitud y certificar, bajo pena de perjurio, que la información presentada es verdadera según su mejor leal saber y entender. Las presentaciones se analizarán para verificar su exactitud e integridad. Las declaraciones falsas realizadas en relación con la solicitud pueden ser castigadas con multas, prisión o alguna otra forma de reparación que la ley habilite al Gobierno Federal, lo que incluye las disposiciones en 18 U.S.C. § 1001. Las solicitudes que parezcan ser potencialmente fraudulentas o contener información falsa serán remitidas a las autoridades de aplicación federales, estatales o locales para que lleven a cabo una posible investigación y acusación.
Usted debe proporcionar pruebas suficientes de que sufrió discriminación de parte del USDA en los préstamos agrícolas que este otorgó antes del 1 de enero de 2021. Se le exigirá que presente algunos documentos específicos; también podrá aportar pruebas adicionales para apoyar su denuncia por discriminación. La norma probatoria para esta solicitud es la “prueba sustancial” (que tiene una exigencia menor que la “preponderancia de la prueba”). Para cumplir con esta norma, debe aportar pruebas relevantes que una persona razonable podría considerar adecuada para apoyar la conclusión de que tuvo lugar una discriminación. Por consiguiente, su solicitud será más contundente si proporciona documentación y una descripción completa de su experiencia.
Este programa solo brinda asistencia financiera a personas físicas. Por lo tanto, si los préstamos objeto de la solicitud del programa se otorgaron a una entidad comercial o a varios codeudores, la asistencia financiera que brinda este programa se asignará a cada solicitante del DFAP en función de la participación de dicho solicitante en la entidad comercial. Si solo un codeudor o una entidad comercial participante presenta una solicitud DFAP y esa solicitud es admitida, entonces solo la persona que presenta la solicitud recibirá la asistencia financiera. Si participa o participó en varias entidades comerciales, indique y describe a cualquiera de ellas que se vio afectada por la discriminación descrita en la solicitud; asegúrese de explicar los efectos de la discriminación sobre cada una de ellas.
Si no tiene contacto actual con el codeudor u otro participante en una entidad comercial, solo complete toda la información que pueda sobre el codeudor o el otro participante. Si no conoce la respuesta a una pregunta sobre ellos, solo déjela en blanco.
Sí, si usted puede proporcionar evidencia de que hubo discriminación, y que esta afectó negativamente su participación en los préstamos agrícolas del USDA.
El Congreso asignó un total de $2.2 billones a este programa. El monto de dinero otorgado a personas a través de este programa, por lo tanto, depende del número de solicitantes elegibles y de las consecuencias de la discriminación. La ley establece un tope de una adjudicación única de $500,000. No obstante, es importante entender que casi todas las adjudicaciones de asistencia financiera serán inferiores a este monto. El tamaño posible promedio de la adjudicación en este programa dependerá del número de solicitantes. Por ejemplo, si hay 50,000 solicitantes elegibles, el monto promedio total de adjudicación por solicitante sería aproximadamente de $40,000. Si hay 85,000 solicitantes elegibles, el monto promedio total de adjudicación ascendería a alrededor de $25,000. La asistencia financiera estará supeditada a la naturaleza y a las consecuencias de la discriminación experimentada, de modo tal que los montos individuales de la asistencia variarán.
Además, puede preverse, en general, que las personas que nunca tuvieron una explotación agrícola debido a la discriminación del USD han experimentado consecuencias menos graves a raíz de la discriminación, que aquellas que sí tuvieron una explotación agrícola. Esto es porque quienes nunca tuvieron la explotación agrícola, en general, no invirtieron tanto dinero en una operación agrícola. Por tal motivo, en virtud de este programa, los solicitantes que nunca tuvieron una explotación agrícola recibirán una asistencia financiera sustancialmente menor que quienes sí la tuvieron.
Es importante señalar que este programa no está diseñado ni intenta compensar íntegramente a los solicitantes por las pérdidas económicas fehacientes. Antes bien, el programa brindará asistencia financiera a los solicitantes que hayan sufrido discriminación en los programas de préstamos agrícolas del USDA.
No. Este no es un programa que otorga préstamos en función del orden de llegada. El programa ha fijado un período para presentar solicitudes: todas las solicitudes presentadas en la fecha límite o antes se tratarán de la misma forma, y las adjudicaciones se darán en función de cada denuncia. Las solicitudes presentadas después de la fecha límite nose considerarán Si presenta la solicitud fuera del plazo establecido, no recibirá asistencia financiera.
Tal como lo exige la Ley de Reducción de Inflación (IRA, por sus siglas en inglés), los encargados de tomar cada decisión son los administradores del programa no gubernamentales, que se valen de normas fijadas por el USDA y con la supervisión de este departamento. Las decisiones se tomarán para todas las solicitudes, al mismo tiempo, durante varios meses después del cierre del período de presentaciones. Todas las solicitudes se remitirán al USDA para que se aprueben los pagos. Una vez aprobados, los administradores del programa entregarán la asistencia financiera del DFAP mediante cheque a través del correo postal de EE. UU. poco tiempo después de que se tomen las decisiones, lo cual está previsto para el verano de 2024.
No. La Agencia de Servicios Agrícolas no administra los procesos y la toma de decisiones del DFAP. Le ley exige al USDA que trabaje con entidades no gubernamentales para administrar el programa y lo está haciendo a través del Administrador Nacional y los Centros Regionales seleccionados. El personal de la oficina de campo de la Agencia de Servicios Agrícolas no cumple ninguna función en el DFAP y no podrá asistirlo con información sobre el estado de su solicitud, salvo sugerir que usted llame al Centro de Atención Telefónica del DFAP al 1-800-721-0970. Para recibir más información sobre las organizaciones que trabajan en el programa, visite este enlace: https://22007apply.gov/program-overview_es.html .
Para mediados de abril, los administradores del programa han completado la recepción inicial y han enviado acuses de recibo por todas las solicitudes recibidas, documentos de respaldo y respuestas a las notificaciones de errores u omisiones. El personal del programa del DFAP también han concluido la revisión de los errores u omisiones en la verificación de identidades y elementos relacionados con la certificación y, de ser aplicable, han enviado cartas donde explican que otra información es necesario presentar. (Muchas de estas cartas se enviarán por correo a mediados de abril y puede demorar una o más semanas en llegar). Si usted envía por correo una respuesta a la notificación de errores u omisiones, deberá recibir un acuse de recibo; si no lo recibe, puede llamar al Centro de Atención Telefónica del DFAP al 1-800-721-0970 para verificar si se ha recibido su respuesta. Usted puede llamar al Centro de Atención al Cliente del DFAP para obtener otra información sobre el estado de su solicitud. Aparte de estas cartas y acuses de recibo, la próxima vez que puede esperar novedades del DFAP será en relación con la emisión de las adjudicaciones, previstas para el verano de 2024.
Sí. Los Administradores del Programa informarán a todos los solicitantes de los resultados de la revisión de su aplicación, lo cual se espera que ocurra para el verano de 2024.
La asistencia financiera que se recibe en este programa se incluye en los ingresos brutos a los fines tributarios. Visite https://www.irs.gov/newsroom/frequently-asked-questions-about-usdas-discrimination-financial-assistance-program. Las personas que obtengan asistencia financiera recibirán un formulario IRS-1099 que muestra el monto de la asistencia recibida. El USDA no puede determinar si usted adeudará impuestos, pues las circunstancias de cada persona son diferentes, y el USDA recomienda que consulte a un profesional tributario. El USDA se asoció con el Southern Extension Risk Management Education Center [Centro de Educación de Gestión de Riesgos del Sur], el National Farm Income Tax Extension Committee [Comité Nacional de Educación Fiscal para Zonas Rurales] y otros expertos en impuestos de todo el país para brindar información general y recursos sobre los pagos y los impuestos agrícolas del programa del USDA. Estos recursos están disponibles en línea en farmers.gov/taxes, ruraltax.org , y en agftap.org. Además, la información fiscal vinculada a este programa en particular está disponible en 22007apply.gov.
El USDA no tiene ninguna autoridad legal actual para pagar los impuestos sobre la asistencia financiera del DFAP. La ley que creó este programa de asistencia financiera – Sección 22007 de la IRA – no contempla el pago de impuestos de parte del USDA.
No. Si recibe una concesión del DFAP, recibirá un cheque en papel por correo por el monto total de la concesión, independientemente de si le debe dinero al gobierno federal. Esta concesión no afecta de ninguna manera si alguna deuda con el gobierno federal queda, o cómo dicha deuda puede ser cobrada.
No. Si actualmente es objeto de discriminación, puede ponerse en contacto con la Oficina del Subsecretario para Derechos Civiles (OASCR), Servicio de Investigación de Información, al (866) 632-9992 (sin cargo), o escribir un correo electrónico a [email protected]. Si prefiere que lo atiendan en español, puede llamar al (800) 845-6136. Las personas que utilizan lenguaje de señas para comunicarse pueden ponerse en contacto con la OASCR a través del Federal Relay Service (Servicio Federal de Transmisiones) al 711.
Si usted sospecha que alguien ha presentado solicitudes fraudulentas o que ha engañado o defraudado a solicitantes potencialmente legítimos, llame al Centro de Atención Telefónica del DFAP al 1-800-721-0970 y la Oficina del Inspector General del USDA en 800-424-9121 para denunciar la actividad sospechosa.
Importante: El período para presentar solicitudes ya terminó. La información de esta sección de preguntas frecuentes ya no se aplica, pues no se aceptan más solicitudes.
Para algunas partes de la solicitud es necesario presentar documentación. Para todas las partes de la solicitud, debería incluir todas las pruebas que sientan puedan beneficiarlo. En cada paso de la solicitud, una barra lateral le indica si se requiere o se recomienda presentar documentación, y hay casilleros que puede marcar si presenta esas pruebas adicionales. Algunos ejemplos de documentación escrita son:
- Documentación personal de identidad, como licencia de conducir, pasaporte, identificación fotográfica estatal, tarjeta SSN y Formulario W9/W8.
- Documentos comerciales, como extractos bancarios, escrituras, arrendamientos, documentos de servidumbres, contratos de compra, planes de negocios, materiales de marketing, comprobantes de vii equipos, declaraciones juradas de impuestos, facturas de servicios públicos y facturas de impuestos para parcelas agrícolas. Estos documentos son en particular útiles si la fecha que tienen es cercana al momento de los acontecimientos que usted describe.
- Documentación del USDA, como solicitudes de préstamos y otros documentos; cartas de agencias donde conste una solicitud de préstamo completa o incompleta, o una retirada, rechazada o aprobada, así como comprobantes de servicio.
- Documentación de reclamaciones previas ante el USDA o judiciales, como denuncias, apelaciones, fallos, sentencias.
- Carta o cartas que apoyen las reclamaciones o los detalles de su solicitud, redactadas en un tiempo cercano a cuando experimentó la discriminación, en particular si se las envió una persona no familiar de usted o si las envió usted a una persona no familiar de usted.
- Declaraciones formuladas bajo pena de perjurio, para lo cual puede usar el formulario disponible en 22007apply.gov o un documento sustancialmente similar, de personas distintas de usted que tienen conocimiento sobre los hechos que se alegan.
Para este programa, “miembro de familia” incluye:
- Padres (incluyendo padrastros)
- Hijos (incluyendo hijastros)
- Hermanos (incluyendo hermanastros y medio hermanos)
- Cónyuges o compañeros domesticos
- Abuelos
- Nietos
Importante: El período para presentar solicitudes ya terminó. La información de esta sección de preguntas frecuentes ya no se aplica, pues no se aceptan más solicitudes.
El 3 de noviembre de 2023 fue la fecha límite para recibir la respuesta en el plazo establecido para su solicitud del Programa de Asistencia Financiera Debido a Discriminación. Esta fecha del 3 de noviembre se fijó en función del plazo previsto por la FSA para procesar los registros en vista de la demanda. Ahora que falta menos de un mes para la fecha límite del DFAP—13 de enero de 2024— no hay más tiempo para proporcionar registros antes de la fecha límite.
Para esta solicitud no se requieren registros de la Agencia de Servicios Agrícolas (FSA). Aun sin registros de la FSA, usted puede aportar otras pruebas para mostrar que era un agricultor o quería tener una explotación agrícola, y que fue objeto de discriminación del USDA en los préstamos agrícolas que este ofrece. Además, en la medida de lo posible, la FSA ya ha presentado registros digitales a los administradores del programa para ayudarlos mientras llevan adelante el programa.
Si aun así desea solicitar sus registros a la FSA—aun cuando no vayan a llegar a tiempo para su solicitud del DFAP— puede solicitar sus registros en la oficina FSA que corresponde a su jurisdicción.
Para esta solicitud no se requieren registros de la FSA. Los administradores del programa evaluarán su solicitud y cualquier otra constancia que usted haya presentado, además de las bases de datos disponibles de la FSA, a fin de verificar si usted era un agricultor o tenía intenciones de operar una explotación agrícola, y si sufrió discriminación de parte del USDA en el otorgamiento de préstamos agrícolas de dicho departamento.
No. Después de consultar al Departamento del Tesoro, el USDA ha actualizado la política del programa y los formularios W-9 han dejado de ser obligatorios para procesar un posible pago. Por lo tanto, no es necesario responder a un requisito del DFAP en relación con el Formulario W-9 o W-8. Sin embargo, si la carta del DFAP también exigía otra información, se debe dar respuesta sobre esos otros aspectos. Si tiene una pregunta sobre si la información que le ha sido requerida sigue siendo exigible, comuníquese con el Centro de Atención Telefónica del DFAP en 1-800-721-0970.
Tras recibir comentarios de los solicitantes sobre las dificultades que provocan las diferencias en los nombres, el USDA ha actualizado la política del programa; las diferencias leves en los nombres se adecuarán. En consecuencia, no es necesario que responda a una solicitud del DFAP respecto de una leve diferencia en el nombre. Si no le queda claro si la información solicitada sigue siendo obligatoria, puede contactarse con el Centro de Atención Telefónica del DFAP en 1-800-721-0970.
La ley que aprueba este programa no autoriza a resarcir integralmente a los solicitantes por la totalidad de las pérdidas sufridas a causa de la discriminación. Lo que contempla es que los solicitantes elegibles reciban asistencia financiera en función de las consecuencias de la discriminación. Las preguntas que aparecen en la solicitud buscan obtener información que se utilizará para evaluar las consecuencias de la discriminación. Al responder a las preguntas de la solicitud de manera atenta y completa, estará proporcionando información que se empleará para determinar el monto de asistencia financiera que recibirá si es elegible. Si revisa la solicitud, podrá observar que la información que se pide a los agricultores solicitantes incluye la cantidad de acres de tierra agrícola perdida debido a la discriminación, si se perdió una vivienda a causa de la discriminación, el hecho y los montos de cualesquier compensaciones, embargos o sentencias desfavorables incurridos debido a la discriminación; pérdidas económicas a causa de la discriminación y la cantidad de actos discriminatorios sufridos.
Nota: Los pagos que recibió en una reclamación anterior fundada en la misma discriminación se tendrán en cuenta y reducirán bastante la asistencia financiera que se otorgue en este programa.
Importante: El período para la presentación de solicitudes está cerrado. La información de la sección de preguntas frecuentes ya no se aplica, pues no se aceptan más solicitudes.
Hay más información disponible sobre esta solicitud en 22007apply.gov, incluyendo videos y otros recursos.
Además hay asistencia adicional disponible. Si necesita asistencia para completar esta solicitud, o tiene alguna ix pregunta, llame a la línea de asistencia telefónica sin cargo al 1-800-721-0970 (en inglés y español). Además, puede visitar 22007apply.gov para consultar una lista de lugares sin cita previa disponibles para recibir asistencia para completar esta solicitud. Si utiliza el lenguaje de señales para comunicarse, puede llamar al servicio de transmisión 711. Si tiene una discapacidad y necesita otra adaptación, llame al 1-800-721-0970 o envíe un correo electrónico a [email protected]..
No.
Importante: El período para la presentación de solicitudes está cerrado. La información de la sección de preguntas frecuentes ya no se aplica, pues no se aceptan más solicitudes.
Sí. Si es una firma de abogados u otro tipo de gestor para 50 o más solicitantes de DFAP y tiene solicitudes en PDF que puede completarse plenamente digital (más documentos de apoyo digital) podrá usar un “proceso de carga masiva”. (Los usuarios que no cumplan con un umbral de 50 o más solicitantes, deben usar los procedimientos normales de solicitud. Véase https://22007apply.gov/how-do-i-apply.html.)
Los usuarios que deseen realizar una carga masiva deben enviar un correo electrónico a [email protected]. con el asunto "Bulk Application Upload Request (Solicitud de Carga de Masiva)".
Incluya la siguiente información en su correo electrónico:
- Nombre de la Organización que presenta
- Nombre del punto de contacto (PdC) de la organización
- Número de teléfono del PdC
- Correo electrónico de PdC
- Estado(s) de los solicitantes que se pretende cargar
- Número de solicitudes listas para presentar ahora
- Número total previsto de solicitudes para la fecha límite de solicitudes (13 de enero de 2024).
Se confirmará la recepción de su solicitud y un especialista lo contactará directamente. Dado que este proceso posiblemente tome tiempo, e incluya rondas de instrucciones y verificaciones, la fecha límite para solicitar acceso es el 29 de diciembre de 2023 y la fecha límite para presentar inicialmente solicitudes usando este método es el 5 de enero de 2024. Cualquier problema técnico que surja durante el proceso de presentación debe resolverse antes de que cierre el período para la presentación de solicitudes.
No necesita tener un abogado que lo ayude a completar esta solicitud. No opta por usar un abogado, tenga en cuenta que tendrá que pagar cualquier honorario de abogados. La ley que creó este programa de asistencia financiera (Ley de Reducción de Inflación, Sección 22007) no contempla los honorarios de abogados, por lo que el USDA o cualquier otra agencia o departamento de los Estados Unidos no le pagará a usted o a su abogado ningún honorario legal. El importe total de asistencia financiera no se incrementará para que usted solvente ningún honorario o costo de abogados. El USDA y los administradores del programa no lo alentarán o desalentarán a contratar a un asesor o a un abogado o bufete de abogados específico. No obstante, si tiene alguna pregunta de índole legal, le recomendamos consultar con abogados con licencia.
La solicitud para este programa es extensiva para que usted pueda relatar su historia completa y proporcionar la mayor cantidad de documentación de respaldo que desee.
La forma en que recibirá un recibo por su solicitud depende de cómo elija enviarla. Si entrega una solicitud en papel en la oficina local del programa, debería recibir un recibo impreso al instante. Si envía una solicitud en papel por correo, debería recibir un recibo dentro de una semana; se le enviará por correo electrónico si incluyó una dirección de correo electrónico y se le enviará por correo si no incluyó una dirección de correo electrónico. Si presento la solicitud electrónicamente, recibirá un recibo automático por correo electrónico cuando presione "enviar" en la solicitud. Si no ha recibido un recibo cuando debería haberlo recibido, puede llamar al centro de llamadas de DFAP al 1-800-721-0970. Verificarán si se recibió su solicitud y se encargarán de entregarle un recibo si se recibió.
El Paso 1 de la solicitud le pide su dirección de correspondencia. Debe indicar la dirección donde usted recibe la correspondencia.
To:
- No incluya la dirección de su abogado o gestor en este paso.
- No incluya una dirección desactualizada donde no recibe correspondencia.
- No incluya la dirección de su explotación agrícola si es diferente de su dirección de correspondencia. Tendrá la posibilidad de proporcionar información sobre sus operaciones agrícolas en otras partes de la solicitud.
La solicitud solicita diferentes direcciones en diferentes preguntas. Por ejemplo, el Paso 3.A.2 le pide la dirección real de su explotación agrícola. Debe seguir las instrucciones a cada pregunta.
Si necesita actualizar su dirección de correspondencia antes del 3 de mayo de 2024, puede hacerlo presentando un Formulario de Solicitud de Cambio de Dirección y la documentación de apoyo que se enumera en el Formulario de Solicitud de Cambio de Dirección a su Centro de Procesamiento Regional. Puede encontrar el Formulario de Solicitud de Cambio de Dirección en . Si no proporciona la documentación de apoyo solicitada o envíe un Formulario de Solicitud de Cambio de Dirección incompleto, no se podrá procesar su solicitud de cambio de dirección. Después del 3 de mayo de 2024, si necesita solicitar un cambio de dirección, llame al Centro de Atención Telefónica del DFAP, 1-800-721-0970.
Para minimizar las posibilidades de robo de identidad y de interferencia fraudulenta en cheques enviados, y para evitar la pérdida de cheques u otros problemas administrativos, en la mayoría de los casos el Administrador del DFAP prevé enviar los cheques a la dirección que se indica en su solicitud, en respuesta al Paso 1. Anteriormente, el DFAP anunció que todos los cheques se enviarían por correo a la dirección del solicitante. A partir del 22 de abril de 2024, el USDA modificó esta norma, de la siguiente manera, para permitir pagos oportunos a los beneficiarios elegibles:
Si a usted lo representa un abogado y prefiere que el USDA envíe por correo su adjudicación en el marco del DFAP a la dirección del abogado, eso se permitirá previo cumplimiento de determindas condiciones que protejan de posible fraude o abuso. Un cheque correspondiente a una adjudicación del DFAP emitido a un solicitante podrá enviarse por correo a la dirección del abogado del solicitante si se cumplen todas las condiciones siguientes:
- Se proporciona la dirección del solicitante a los administradores del DFAP en un formato electrónico aprobado.
- El solicitante ha firmado un poder mediante el cual autoriza que el pago se envíe al abogado del solicitante y el poder se encuentra debidamente pasado ante notario o se ha enviado conjuntamente con la solicitud del DFAP.
- La solicitud cumple plenamente con el Paso 10 de los requisitos de la solicitud del DFAP.
- Mediante un formato electrónico aprobado, los abogados a los que se envíen por correo los pagos del DFAP deben confirmar dentro de los 30 días de recibido el pago que los fondos se han desembolsado a cada solicitante.
Todo abogado cuyo cliente que es solicitante del DFAP desea ordenar que el programa envíe el cheque de la adjudicación por correo al abogado, en lugar del cliente, debe contactarse con [email protected] antes de las 5 pm hora del Este del día lunes 29 de abril de 2024, para recibir información detallada sobre las condiciones antedichas, lo que incluye plazos, procesos y próximos pasos. Nota: Otras normas separadas del programa rigen las situaciones en que el solicitante ha presentado más de una solicitud en el marco del DFAP.
No. El período de solicitud cerró el 17 de enero de 2024. Ya no se aceptan solicitudes; las solicitudes ya presentadas están bajo revisión. Sin embargo, si necesita actualizar su dirección postal, consulte la pregunta frecuente 26a.
Guía y ayuda para rellenar la solicitud
La información anterior está publicada en el margen inferior de esta página
Inicio de sesión de cuenta
Inicie sesión en su cuenta en línea (inglés) (español)
Cambiando su contraseña (inglés) (español)
Cómo conocer el estado de su solicitud (inglés) (español)
Vídeo: Cómo usar el panel de control de solicitud en Línea del DFAP (Español )
Proporcionar por separado la documentación de respaldo para su solicitud de DFAP (inglés) (español)
Otra ayuda
Cómo convertir a PDF (inglés) (español)
Cómo Crear e Insertar una Firma Electrónica en sus Documentos PDF (inglés) (español)
Plantillas para documentación respaldatoria
Las plantillas para documentación de respaldo se incluyen a continuación. Utilice estas plantillas cuando proporcione esta información. Si necesita formularios en un idioma distinto del inglés o español, comuníquese con el centro de atención al cliente en [email protected] o por teléfono al 1-800-721-0970.
- Carta de presentación de documentación entregada por separado (inglés) (español)
- Anexo complementario adicional de coprestatarios (inglés) (español)
- Anexo complementario adicional de entidades (inglés) ( español)
- Anexo complementario adicional de divulgación de información (inglés) (español)
- Anexo complementario de otras instancias de discriminación (inglés) (español)
- Plantilla de declaración bajo pena de perjurio (inglés) (español)
- Página de firmas (inglés) (español)
- Página de firmas (si alguna persona distinta del solicitante prepara el formulario) (inglés) (español)
- Formulario de Solicitud de Cambio de Dirección (inglés) (español)
Cuidado con Las Estafas
Tenga cuidado con Comunicaciones por correspondencia, correo electrónico o por teléfono que le pida información o solicite un pago. El personal del programa y los cooperadores pueden proporcionarle información sobre el programa pero nunca le pedirán una remuneración por esa tarea.
- La presentación de la solicitud es gratuita. No se cobran cargos asociados al proceso de solicitud o a este programa en modo alguno. No se cobrará ningún cargo para recibir un pago si su solicitud está aprobada..
- No se necesita un abogado para presentar la solicitud. Si siente la necesidad de recibir asistencia legal, procure contratar un abogado matriculado de confianza.
- El personal de programa lo puede ayudar a verificar el estado de su solicitud. Para obtener más información, comuníquese con el Centro de Atención del Programa por correo electrónico a [email protected] o por teléfono al 1-800-721-0970
Si tiene información relacionada con un fraude o una posible estafa, contáctese con la
Oficina del Inspector General [Office of the Inspector General] del USDA mediante su
línea directa de quejas en el sitio web:
Línea de atención directa | U.S. Department of Agriculture OIG
(oversight.gov) o
llame
por teléfono al
+1 800-424-9121.
Informacion de solicitud archivada
Nota: El plazo de solicitud ya ha cerrado. La información de esta sección apareció anteriormente en otras secciones del sitio web y se mantiene con fines de referencia. Sin embargo, ya no es aplicable y no se actualiza porque no se aceptan más solicitudes.
- ¿Soy elegible?
- ¿Cómo presentar la solicitud?
- Obtener Ayuda con su Solicitud
- Guía y ayuda para rellenar la solicitud
- Formulario de impuestos W-9 (inglés ) (español )
- Formulario de impuestos W-8BEN (inglés )
- Formulario de impuestos W-8ECI (inglés )
- Hoja Informativa (PDF) (inglés) (español)